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Unificación de Utilidades para Grupos Empresariales

24 octubre 2023

El Código de Trabajo ecuatoriano y el Acuerdo Ministerial 079, de fecha 11 de septiembre de 2020, emitido por el Ministerio del Trabajo con respecto al Instructivo para el Pago de la Participación de Utilidades, establecen la posibilidad de unificar las utilidades, de conformidad con las siguientes disposiciones.

 

El Ministerio del Trabajo, a petición de los representantes legales de las empresas podrá considerar como una sola a dos o más empresas vinculadas, para efectos del reparto de la participación de utilidades.

 

La unificación de utilidades aplicará cuando una o varias empresas vinculadas compartan procesos productivos y/o comerciales, dentro de una misma cadena de valor. Se considera como empresas vinculadas a aquellas personas naturales, jurídicas, patrimonios autónomos y otras modalidades de asociación previstas en la ley, domiciliadas en el Ecuador, en las que una de ellas participe directamente en el capital de la otra en al menos un porcentaje equivalente al 25% del mismo.

 

Los requisitos a presentarse ante el Ministerio de Trabajo, son:

 

  1. La solicitud de requerimiento de unificación de utilidades firmada por los representantes legales.
  2. Informe que determine el vínculo entre las empresas a unificar.
  3. Registro de utilidades en el Sistema de Salarios en línea del último ejercicio económico.

 

La solicitud de unificación y demás habilitantes se deberán presentar ante el Ministerio del Trabajo hasta el 31 de enero del año posterior al periodo fiscal respecto del cual se quiere unificar las utilidades.

 

La unificación de utilidades en grupos empresariales, podrá aportar a la simplificación del cálculo para el pago de las mismas y reducir el tiempo de elaboración de la declaración ante el Ministerio del Trabajo.

 

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Lo antes presentado constituye un resumen de los aspectos relevantes de las comunicaciones o registros oficiales.  La aplicación particular a un caso específico deberá ser motivo de un análisis individualizado para determinar su pertinencia y aplicación.

 

Si desea conocer a mayor detalle el contenido de las reformas citadas en este documento y los posibles efectos que esto puede tener para su empresa, por favor contáctenos!

 

 

Saludos cordiales,

BDO TAX & LEGAL

Quito D.M. / Guayaquil