Mediante Decreto Ejecutivo N° 903, de fecha 06 de noviembre de 2023, publicado el 14 de noviembre de 2023, en el Tercer Suplemento del Registro Oficial N° 436, entró en vigencia el Reglamento a la Ley Orgánica para el Desarrollo, Regulación y Control de los Servicios Financieros Tecnológicos (LEY FINTECH).
El Reglamento desarrolla y estructura la normativa necesaria para dotar de aplicabilidad a lo dispuesto en la Ley FINTECH la cual a su vez entró en vigencia el 22 de diciembre de 2022. Las disposiciones de este reglamento son de orden público y de interés social, su aplicación y observancia es de obligatorio cumplimiento para personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras que participen en cualquier actividad FINTECH.
Las actividades FINTECH serán reguladas por la Junta de Política y Regulación Monetaria y la Junta de Política y Regulación Financiera, en el ámbito de sus competencias.
El Reglamento contiene 10 artículos, dentro de un único capítulo que desarrolla temas de regulación y control de las actividades FINTECH, prevención de lavado de activos y financiamiento de delitos, ciberseguridad e implementación de sandbox regulatorio en coordinación con otras entidades públicas.
Se determina que la calificación, supervisión y control de las compañías que desarrollen Actividades Fintech, le corresponderá al Banco Central del Ecuador, a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, o a la Superintendencia de Bancos, en el ámbito de sus competencias y según la regulación que se emita para el efecto.
Además, se dota a dichas entidades de la competencia para crear direcciones o intendencias dedicadas a la supervisión y control de las compañías que desarrollen actividades fintech, así como la obligación de capacitar al personal que estará dedicado a las tareas de supervisión y control de actividades fintech.
*****
Lo antes presentado constituye un resumen de los aspectos relevantes de las comunicaciones o registros oficiales. La aplicación particular a un caso específico deberá ser motivo de un análisis individualizado para determinar su pertinencia y aplicación.
Si desea conocer a mayor detalle el contenido de las reformas citadas en este documento y los posibles efectos que esto puede tener para su empresa, por favor contáctenos!
Saludos cordiales,
BDO TAX & LEGAL
Quito D.M. / Guayaquil