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DIRECTRICES PARA EL DESARROLLO, IMPLEMENTACIÓN Y USO DE MEDIOS Y SERVICIOS ELECTRÓNICOS EN LA SEDE ELECTRÓNICA DEL MINISTERIO DEL TRABAJO.

17 enero 2023

Con fecha 28 de diciembre de 2022, el Ministerio del Trabajo publicó el ACUERDO MINISTERIAL N° MDT-2022-241, mediante el cual, se emitieron las Directrices para el Desarrollo, Implementación y Uso de Medios y Servicios Electrónicos en la sede Electrónica del Ministerio del Trabajo, mismo que entrará en vigencia en el término de treinta (30) días a partir de su publicación en el Registro Oficial.

 

Las directrices del presente Acuerdo Ministerial buscan implementar los servicios electrónicos al Sistema Único de Trabajadores (SUT), lo que permitirá que los procesos de registro y actualización de información de los empleadores sean automatizados.

 

Previo a cargar la información requerida para el registro o actualización, el empleador deberá llenar dos anexos; el primero, corresponderá al Acuerdo de Responsabilidad por el uso de medios y servicios electrónicos, y el segundo, a la Declaración de la información.

 

Se ha determinado cinco tipos de actualizaciones en el sistema SUT que el empleador deberá realizar según el caso:

 

  1. Del ingreso inicial cuando sea la primera vez que el empleador registra datos en el SUT.
  2. Cambio de información por actualización de datos.
  3. Cambio de información del representante legal en un término máximo de diez (10) días de efectuado el cambio.
  4. Actualización de información por ventana emergente.
  5. Actualización periódica, la cual deberá realizarse una vez al año de conformidad con el noveno dígito del RUC: 1y 2 corresponde al mes de Abril, 3-4 al mes de Mayo, 5-6 al mes de Junio, 7-8 al mes de Julio, y 9-0 al mes de Agosto

 

Una vez la información del empleador se encuentre registrada o actualizada en el SUT, el Ministerio del Trabajo enviará un certificado automático al correo electrónico proporcionado en el sistema por el empleador, mismo que detallará la información actualizada, y el día y hora en la que se registraron los cambios.

 

Es importante que la actualización que se registre o actualice sea verificada, ya que será la que el Ministerio del Trabajo tome como medios de contacto para las notificaciones correspondientes.

 

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Lo antes presentado constituye un resumen de los aspectos relevantes de las comunicaciones o registros oficiales.  La aplicación particular a un caso específico deberá ser motivo de un análisis individualizado para determinar su pertinencia y aplicación.

 

Si desea conocer a mayor detalle el contenido de las reformas citadas en este documento y los posibles efectos que esto puede tener para su empresa, por favor comuníquese con nosotros: Nelson Morales ( nmorales@bdo.ec ), Diego Álvarez ( dalvarez@bdo.ec ) será un placer atenderle.

 

 

 

Saludos cordiales,

 

 

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