RETENCIÓN EN TRANSACCIONES REALIZADAS A CONTRIBUYENTES RIMPE
21 julio 2023
Mediante Circular No. NAC-DGERCGC23-00000004 publicada el 19 de julio 2023, el Director General del Servicio de Rentas Internas establece las normas a considerar sobre retenciones de impuestos a contribuyentes RIMPE:
- En virtud de que las transferencias de dominio de bienes muebles de naturaleza corporal, derechos y la prestación de servicios efectuadas por negocios populares están gravadas con tarifa 0% de IVA, no es aplicable realizar retenciones de IVA a tales sujetos pasivos.
- No estarán sujetos a retención en la fuente del impuesto a la renta los pagos efectuados a contribuyentes categorizados como negocios populares.
- No se realizará retención alguna del impuesto a la renta ni de IVA a los contribuyentes categorizados como emprendedores cuando los pagos se realicen a través de tarjetas de crédito, débito, convenios de recaudación o de débito, u otros medios electrónicos de pago.
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Lo antes presentado constituye un resumen de los aspectos relevantes de las comunicaciones o registros oficiales. La aplicación particular a un caso específico deberá ser motivo de un análisis individualizado para determinar su pertinencia y aplicación.
Si desea conocer a mayor detalle el contenido de las reformas citadas en este documento y los posibles efectos que esto puede tener para su empresa, por favor contáctenos!
Saludos cordiales,
BDO TAX
Quito D.M. / Guayaquil