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Ampliación de plazo para la presentación de anexos y declaraciones de impuestos

22 marzo 2023

Mediante Resolución NAC-DGERCGC23-00000010, el Director General del SRI amplia la presentación de anexos y declaraciones de impuestos cuyo vencimiento es en marzo 2023.

 

  • Las personas naturales, sucesiones indivisas y sociedades pertenecientes al régimen general cuyo noveno digito de RUC sea 7 podrán presentar sus declaraciones y anexos cuyo vencimiento sea en marzo 2023 hasta el 13 de abril de 2023, sin que se genere multas e intereses.
  • Los sujetos pasivos obligados a presentar la declaración de la Contribución destinada al financiamiento de la atención integral del cáncer, cuyo vencimiento sean los días 21, 22 y 23 de marzo, podrán presentar la declaración y pago hasta el 28 de marzo de 2023 sin que se generen multas e intereses.
  • Los sujetos pasivos pertenecientes al Régimen RIMPE, cuyo noveno dígito del RUC sea 6 y 7, podrán declarar y/o pagar el Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2022, presentar declaraciones y anexos por otras obligaciones, de acuerdo al siguiente calendario, sin que se generen multas e intereses:

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Lo antes presentado constituye un resumen de los aspectos relevantes de las comunicaciones o registros oficiales.  La aplicación particular a un caso específico deberá ser motivo de un análisis individualizado para determinar su pertinencia y aplicación.

 

Si desea conocer a mayor detalle el contenido de las reformas citadas en este documento y los posibles efectos que esto puede tener para su empresa, por favor comuníquese con nosotros: Verónica Peña (vpena@bdo.ec), Nelson Morales (nmorales@bdo.ec) será un placer atenderle.

 

Saludos cordiales,

 

 

BDO TAX

Quito D.M. / Guayaquil