Este sitio utiliza cookies para ofrecerle un servicio más ágil y personalizado. Al usar este sitio usted acepta el uso de cookies. Por favor lea nuestra política de privacidad para obtener más información sobre las cookies que utilizamos y cómo eliminar o bloquearlos.

NUEVO FORMULARIO 101

Nelson Morales, Country Managing Partner | Tax & Legal Lead Partner - ITC |

31 marzo 2021

La Administración Tributaria pone en conocimiento de los contribuyentes el nuevo formulario para la declaración del Impuesto a la Renta Sociedades, el cual estará habilitado en los próximos días. A continuación los principales cambios:

 

  • Se agregan los siguientes campos:
    • Activos intangibles por derecho de uso en activos arrendados
    • Otros pasivos financieros por arrendamiento
    • Otros pasivos financieros no corrientes por arrendamiento
    • Ingresos financieros por prestación de servicios en actividades de inversión, reinversión o de negociación de activos financieros
    • Gastos por amortizaciones por derecho de uso en activos arrendados
    • Gastos financieros por interés del pasivo por arrendamiento
    • Ingresos, costos y gastos correspondientes al impuesto a la renta único (IRU) en actividades bananera, agropecuaria, producción y cultivo de palma aceitera, y enajenación de derechos representativos de capital.
    • Generación / reversión de diferencias temporarias (impuestos diferidos) por cánones en arrendamientos, contratos de construcción, medición de activos no corrientes mantenidos para la venta
    • Para el cálculo del impuesto a pagar se restarán:
      • Intereses por el anticipo de Impuesto a la Renta pagado voluntariamente
      • Anticipo de Impuesto a la Renta pagado voluntariamente
      • Anticipo de Impuesto a la Renta pagado obligatoriamente por el Decreto 1137 (para el ejercicio fiscal 2020)
      • Crédito tributario por impuesto a la utilidad en la compraventa de predios urbanos pagado a Municipios (para actividades de urbanización, lotización y otras similares)
    • Impuesto a la Renta Único para actividades en actividades bananera, agropecuaria, producción y cultivo de palma aceitera, y enajenación de derechos representativos de capital.
    • Crédito tributario Régimen Microempresas

 

  • Se eliminan los campos correspondientes al anticipo de impuesto a la renta para el próximo año.

 

*****

 

Lo antes presentado constituye un resumen de los aspectos relevantes de las comunicaciones o registros oficiales.  La aplicación particular a un caso específico deberá ser motivo de un análisis individualizado para determinar su pertinencia y aplicación.

 

Si desea conocer a mayor detalle el contenido de las reformas citadas en éste documento y los posibles efectos que esto puede tener para su empresa, por favor comuníquese contáctenos

Descargar formulario